| Yum! Brands, Inc. ("Yum") se compromete a gestionar sus operaciones en forma ética, legal y socialmente responsable. Para alentar el cumplimiento de todos los requisitos legales y prácticas comerciales éticas, Yum! ha puesto en práctica un código de conducta (el "Código") para sus proveedores de los EE.UU. ("Proveedores").
Cumplimiento de las leyes y normas Se exige a los Proveedores que cumplan con todas las leyes, códigos o normas vigentes, incluida pero no limitándose a cualquier ley local, estatal o federal sobre salarios y beneficios, indemnizaciones laborales, horarios de trabajo, igualdad de oportunidades y seguridad del trabajador y del producto. Yum también espera que los proveedores adecuarán sus prácticas comerciales a las normas vigentes para su industria.
Prácticas de empleo
Horas y condiciones de trabajo: se espera que los Proveedores, de conformidad con las leyes, normas, códigos y estándares de la industria, garanticen que sus empleados tienen condiciones de trabajo seguras y saludables, y que sus horarios de trabajo diarios y semanales son razonables. No se exigirá a los empleados que trabajen más horas que las permitidas para los períodos de trabajo regular y horas extras conforme a las leyes locales, estatales y federales vigentes.
No discriminación: los Proveedores deberán implementar políticas para cumplir con todas las leyes locales y federales vigentes que prohíben la discriminación al contratar personal basándose en su raza, color, religión, sexo, edad, discapacidad física, origen nacional, credo o cualquier otro argumento prohibido por ley.
Mano de obra infantil: los Proveedores no emplearán trabajadores con edades menores a la edad legal permitida para el tipo de trabajo que se realiza en cualquiera de las instalaciones del Proveedor en las cuales se trabaje para Yum. En ninguna circunstancia los Proveedores emplearán trabajadores menores de 14 años de edad.
Mano de obra forzada y esclavizada: conforme a la ley vigente, ningún Proveedor desempeñará tareas o fabricará mercaderías para Yum utilizando mano de obra forzada, ni deberá utilizar como método de disciplina o control amenazas de violencia, castigo corporal, encierro o cualquier otra forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal.
Notificación a los empleados: dentro de los límites exigidos por ley, los Proveedores deberán establecer políticas en toda la empresa que permitan implementar las pautas delineadas en este Código y notificar a sus empleados sobre la existencia de estas políticas. Los avisos deberán publicarse en todos los idiomas que sean necesarios para transmitir la política en forma completa a todos sus empleados.
Auditorías e inspecciones Cada Proveedor deberá realizar auditorías e inspecciones para asegurar el cumplimiento de este Código y de los estándares legales y contractuales vigentes. Además de los derechos contractuales de Yum o de Unified Foodservice Purchasing Co-op, LLC ("UFPC"), el incumplimiento por parte del Proveedor de este Código puede estar sujeto a sanciones disciplinarias que podrían incluir la rescisión de la relación comercial con el Proveedor. La relación comercial con Yum y UFPC se consolida con el total cumplimiento del Código y de los contratos entre el Proveedor, Yum y UFPC.
Aplicación El Código es una declaración general sobre las expectativas de Yum con respecto a sus Proveedores. El Código no debe interpretarse como un reemplazo sino como una adición a las obligaciones del Proveedor, según se establecen en los contratos entre éste y Yum o UFPC. En caso de discrepancia entre el Código y el contrato vigente, este último prevalecerá.
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